La iniciativa fue aprobada con 340 votos a favor, 133 en contra y una abstención.

La mayoría de Morena y aliados avalaron el proyecto en materia de supremacía constitucional.
La mayoría de Morena y aliados avalaron el proyecto en materia de supremacía constitucional. Créditos: Cuartoscuro


La Cámara de Diputados aprobó la reforma de supremacía constitucional, iniciativa impulsada para ´blindar´ las reformas de la llamada Cuarta Transformación para hacer inimpugnables las adiciones o reformas constitucionales. 

Con 340 votos a favor, de Morena, PT y Partido Verde, una abstención y 133 en contra de PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, el pleno avaló en lo general y en lo particular, la reforma de supremacía constitucional. Ahora, pasará al Pleno para ser discutida, y en su caso, aprobada este mismo martes o más tardar el miércoles. 

La reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución impide al Poder Judicial invalidar y otorgar amparos para suspender reformas constitucionales.

El artículo 105 ahora establecerá que "son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución".

Mientras que el 107 declarará que "no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución".

¿Qué dice la iniciativa de supremacía constitucional?

La reforma aprobada busca impedir que los cambios a la Constitución sean impugnados por vía judicial. La propuesta también establece que cualquier juicio o recurso pendiente sobre la validez de una reforma quedará sin efecto. 

Esto ha generado críticas por parte de la oposición, quienes acusaron que quitan el derecho de amparo y de otros recursos a los ciudadanos, quienes quedarán desprotegidos con esta reforma, por lo que Morena decidió hacer modificaciones de fondo al dictamen. Los puntos eliminados son: 

  • Retiró la propuesta de modificar el artículo 1, que impedía el uso de control de convencionalidad en normas de derechos humanos.
  • Eliminó la modificación al artículo 103, que prohibía impugnar reformas constitucionales de forma o fondo.
  • Quitó la disposición que prohibía a los tribunales resolver controversias sobre reformas constitucionales.
  • Suprimió el cambio al artículo 105, que impedía recursos judiciales durante el proceso legislativo, pero mantuvo la prohibición de impugnar reformas constitucionales mediante controversias o acciones de inconstitucionalidad.
  • Conservó la prohibición en el artículo 107 para usar el juicio de amparo contra reformas constitucionales.
  • Eliminó artículos transitorios que anulaban recursos en trámite, dejando solo la obligación de resolver los casos pendientes bajo las nuevas disposiciones.


Para más noticias, síguenos en Google News, en nuestro canal de WhatsApp. Suscríbete aquí gratis a nuestro Newsletter para recibir la mejor información.

Temas

Notas Relacionadas

1
Políticos

"Tienen derecho a renunciar, no a legislar": Claudia Sheinbaum

"Tienen derecho a renunciar, no a legislar": Claudia Sheinbaum
2
Políticos

Renuncian ministros a la SCJN: inicia la disputa por su pensión

Renuncian ministros a la SCJN: inicia la disputa por su pensión
3
Políticos

Acto de congruencia: La carta con la que Norma Piña anunció su renuncia

Acto de congruencia: La carta con la que Norma Piña anunció su renuncia
4
Políticos

Por dignidad: Margarita Ríos Farjat rechaza haberes para el retiro y revela para que usará la millonaria pensión

Por dignidad: Margarita Ríos Farjat rechaza haberes para el retiro y revela para que usará la millonaria pensión